La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, abordó la víspera en el espacio televisivo Mesa Redonda, algunas cuestiones relacionadas con los trabajadores estatales y no estatales de la isla, así como otros asuntos relacionados con la seguridad y asistencia social, en una Cuba futura post pandemia.

Allí, esta mujer, la única titular de la isla que ha pedido públicamente disculpas en la prensa oficialista por la mala gestión de cuatro pelagatos de su Ministerio que trabajan en la delegación de la provincia de Santiago de Cuba (los que estuvieron sin pagarle casi todo un año a un anciano enfermo que finalmente murió sin recibir un quilo de su jubilación), dijo que las medidas que en el ámbito laboral y salarial tomará Cuba en las distintas fases de esta etapa hacia la recuperación post COVID-19, serán diferentes y no dictadas por las administraciones, sino con un carácter general en el país.

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Explicó Feitó Cabrera, de acuerdo con la versión de Cubadebate, que durante las tres fases se mantendrá el pago por resultados en el sector empresarial, a partir de suprimir la condición referida al crecimiento de las utilidades antes de impuesto; y se pagará el salario básico cuando resulte imposible pagar por resultados.

Señaló además que, en cuanto se decrete la primera fase, todos los trabajadores que por una causa u otra no se encontraban laborando, podrán regresar a sus respectivos puestos.

Por otra parte, explicó que existe una diferencia entre el salario básico y el salario escala: este último sólo toma en cuenta los grupos de complejidad y en algunos centros se han realizado mal los pagos, con las consiguientes afectaciones para los trabajadores.

Feitó comentó que durante todo este período los trabajadores del sistema empresarial que laboran en entidades utilizadas como centros de aislamiento para la vigilancia epidemiológica, reciben el salario promedio calculado según lo previsto en la legislación laboral vigente.

Otras medidas:

  • En las tres etapas se mantiene lo dispuesto para los trabajadores que se encuentran impedidos de asistir al trabajo por disposición de la autoridad sanitaria estatal por permanecer en aislamiento preventivo, con ingreso domiciliario y restricción de movimiento durante 14 días, quienes reciben el 100 por ciento del salario básico durante ese período.
  • Se mantiene la decisión de prorrogar la licencia no retribuida a las madres que disfrutan las licencias complementarias por maternidad, y a su vencimiento resulta imposible su incorporación, porque no cuentan con otro familiar que asuma el cuidado de su hijo.
  • Los trabajadores que se encuentren en el exterior por asuntos personales y se le venza el período de licencia no retribuida autorizada, por las restricciones de viaje dispuestas en el contexto de la pandemia, reiteró que sigue vigente lo estipulado: “La administración puede extender la duración de la licencia hasta su retorno, previa solicitud de este. Esto tiene que realizarse a partir de la solicitud del trabajador y esto es muy importante porque se mantiene el puesto de trabajo”.
  • Quienes ejercen la actividad de arrendamiento de vivienda, habitaciones y espacios, y poseen licencia sanitaria, pueden brindar el servicio de alimentación durante las tres fases.

 

por Roberto A.

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