Un ciudadano cubano de 60 años de edad, que en días pasados agrediera con un machete a un policía en la provincia de Villa Clara, ha sido sancionado a ocho años de privación de libertad en la Causa 7 de 2020 del Tribunal Municipal Popular de Quemado de Güines.

El juicio oral contra el sujeto se celebró en la Sala Primera del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara, según reportó desde Santa Clara el periodista oficialista Francisnet Díaz Rondón.

El ciudadano, residente en el municipio de Quemado de Güines, Villa Clara, incurrió además en la violación de varias medidas orientadas en la lucha contra la COVID-19, por lo que además fue sancionado como autor de los delitos de atentado, desobediencia y propagación de epidemias.

El lamentable hecho ocurrió el pasado 31 de marzo de 2020. El ciudadano se encontraba en una cola en la tienda Panamericana de la cabecera municipal de Quemado de Güines cuando un agente de la autoridad lo requirió en múltiples ocasiones para que se pusiera el nasobuco.

Según relata el diario Vanguardia, el acusado eventualmente entró a la tienda, pero a la salida se encontraba sin la mascarilla.

El policía volvió a requerirlo por lo mismo, y fue ahí cuando el anciano con actitud desafiante se le encaró al oficial, por lo cual fue detenido y llevado a la unidad de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR).

Allí se le impuso una multa de 3000 pesos (moneda nacional), al amparo del artículo 8, apartado 3 del Código Penal.

Fue entonces cuando el hombre, inconforme con la multa impuesta, fue a su casa y tomó un machete. Partió hacia la tienda con intenciones de agredir al policía que antes lo condujo a la unidad.

Relata el medio que el agente se encontraba en el mismo lugar organizando la cola y que en una fracción de segundos logró detectar una sombra a sus espaldas.

“(…) por instinto se esquivó de inmediato cuando el hombre armado lo agredió”, explica Vanguardia y de la narración se desprende que el individuo intentó asestarle un machetazo al agente, pero este se salvó “en tablitas”. Explica el medio que otra oficial de la PNR fue quien recibió el machetazo, pero con “la parte plana del arma”.

Durante el juicio oral por procedimiento abreviado declararon diez testigos, quienes dieron elementos sobre el suceso ante las interrogantes de la fiscalía y la defensa. Pronunciado el fallo condenatorio públicamente, se le confirió al enjuiciado el derecho a establecer recurso de apelación dentro de diez días hábiles, ante la sala de los delitos contra la Seguridad del Estado en función de lo penal del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara.

La especialista Elena Cabrera de la Paz, presidenta del Tribunal Municipal Popular de Quemado de Güines, manifestó que radicada la causa, al acusado se le notificaron las conclusiones provisionales acusatorias, en el propio centro penitenciario. Esta persona tuvo derecho a nombrar su abogado, lo cual hizo, y se observaron todas las garantías del debido proceso.

La jueza argumentó que en este tipo de procedimiento abreviado se dicta públicamente el fallo una vez culminada la práctica de pruebas, y él tuvo la posibilidad de ser preguntado, como establece la ley, sobre su conformidad o no, acerca lo dispuesto en la sentencia. Al no estar de acuerdo, ahora tiene un término de diez días para interponer su recurso de apelación.

«Las garantías del debido proceso se cumplen con todos los acusados, ya sea en este difícil período que transitamos en nuestro país o en circunstancias normales», aseveró.

tal vez quieras leer: Dos policías son acusados de violar a dos menores en Cuba

¿Quieres reportar algo? Envíanos tu información a:

corresponsal@cuballama.com

Leave a comment