Hasta este sábado las fuerzas de la denominada Policía Nacional Revolucionaria (PNR), en Cuba, han detenido un total de 56 personas por “propagación de epidemia” y “desobediencia” ante las medidas adoptadas en el país para evitar una mayor propagación del virus COVID19.

Entrevistado por los Servicios Informativos del Noticiero Nacional de Televisión, el teniente coronel Omar Hernández Viña, Jefe del Departamento de Proceso en la Dirección General de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), expresó:

“Se ha actuado sobre 6.000 personas por no tomar las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias y fundamentalmente personas vulnerables. De igual forma se han radicado denuncias a individuos que han violado lo dispuesto por las autoridades tanto en los domicilios, como en los lugares preparados por el Estado”.

Según el oficial de la PNR “más de 130 personas también fueron procesadas por los delitos de actividad económica ilícita, receptación, especulación y acaparamiento, en total 136. “Otros han sido multados con cuantías entre 500 y 1.000 pesos”.

Una de las personas con una denuncia por desobediencia a la autoridad es la joven que en días pasados salió a correr con su hijo en el barrio Siboney en La Habana, sin nasobuco puesto. El oficial dijo que la joven se encuentra a la espera de un juicio oral.


Los casos más significativos serían los de  tres cubanos que fueron condenados en La Habana a 10 meses cárcel por el delito de “propagación de enfermedades y resistencia”, según informó Leonel Del Pozo Dinza, comunicador institucional de la Asamblea Municipal del Poder Popular Diez de Octubre en la capital.

A estos tres, se sumarían otros ocho individuos que, según el diario Tribuna de La Habana, fueron detenidos al intentar sustraer medios de protección contra el coronavirus en Cuba. Algunos eran trabajadores de la Unidad Básica de Almacenes Ensume; otros, choferes subordinados a Salud Pública y a la Unidad Empresarial de Base de Transcontenedores; y otros ciudadanos no vinculados con esas empresas.

El artículo 187 del Código Penal de Cuba establece multas de más de 100 pesos a cárcel de tres meses a un año, o ambas, a “el que infrinja las medidas o disposiciones dictadas por las autoridades sanitarias competentes para la prevención y control de las enfermedades transmisibles y los programas o campañas para el control o erradicación de enfermedades o epidemias de carácter grave o peligrosas”, pero quien “maliciosamente propague o facilite la propagación de una enfermedad”, puede incurrir en una pena más severa, de tres a ochos años.

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